Asociación de Familias Numerosas de Oviedo
Familia numerosa
Según la legislación vigente se considera familia numerosa a aquella compuesta por:
- La persona que sea cabeza de familia, su cónyuge, si lo hubiera, y 3 o más hijos y/o hijas.
- La persona que sea cabeza de familia, su cónyuge, si lo hubiera, y 2 hijos y/o hijas siempre que al menos uno o una tenga reconocida alguna minusvalía o incapacidad para el trabajo.
- Padre y madre con minusvalia o incapacidad absoluta par todo trabajo y 2 hijos y/o hijas
Condiciones que deben de reunir los hijos e hijas:
- Estar solteros o solteras.
- Ser menores de 21 años. El límite se amplía hasta cumplir 26 años en caso de ser estudiantes. No existe límite de edad para las hijas e hijos con reconocimiento de minusvalía.
- Convivir con la persona que sea cabeza de familia.
- Depender económicamente de la persona que sea cabeza de familia.
Los hijos e hijas podrán ser descendientes de ambos cónyuges o de cualquiera de ellos.
Concepto de familia numerosa; Clasificación de las familias numerosas; Obtención del título; Renovación de títulos; Direcciones de interés; Legislación aplicable a las Familias Numerosas; Ventajas y descuentos; Cifras sobre Asturias; Actividades de la asociación; Concurso Literario Escolar 2001; D. Gaspar García Jove, socio de honor
Asociación de Familias Numerosas de Oviedo
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