| NORMATIVA LEGAL | |
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Los requisitos legales para poder practicar la CAZA EN MADRIGUERA, en principio, no difieren de las otras modalidades de caza , en las que se caza con el apoyo de perros. Necesitaremos, además de la propia licencia autonómica de caza, el seguro obligatorio y el permiso de armas, las cartillas de vacunacion de nuestros perros. Hay una característica que diferencia a la caza en madriguera, a las demás modalidades, y es la posibilidad de practicarla con permisos especiales fuera de la temporada habil de caza. Esta posibilidad es necesaria, ya que es en los meses de enero, febrero y mediados de marzo, cuando podemos encontrar a los zorro guarecidos dentro de las madrigueras. Por esta razón, necesitaremos solicitar el correspondiente permiso especial, si queremos aprovechar la temporada al 100%. En principio no debería haber ningún problema a la hora de solicitar dicho permiso, si el terreno de caza esta al corriente de todos los pagos, y papeleos obligatorios. Es claro, que la legislación, varía mucho de unas comunidades a otras. Es a mediados del mes de marzo cuando debemos dejar de cazar, ya que se está gestando una generación nueva de zorros. En este caso, es solamente la ley de la naturaleza, la que nos prohibe cazar cuando los zorros estan indefensos. |
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