INFORMACIÓN SOBRE LAS CELEBRACIONES DE MATRIMONIO
EN ESTA
PARROQUIA
Para casarse en esta parroquia, deben reservar la fecha de la boda en el
despacho parroquial (Lunes, Miércoles y Viernes –no festivos, ni vigilia de
festivos- de 18’00 a 20’00 h.).
Una vez concretada el día de la celebración del matrimonio, deben iniciarse los
trámites desde los seis meses antes de la fecha de la boda, no antes. Para ello
necesitarán la siguiente documentación:
-
Certificado de Bautismo
de ambos novios. Debe solicitarse en las parroquias donde fueron bautizados. En
caso de ser de fuera de la diócesis de Barcelona, deberán ser legalizadas
(autorizadas) por el obispado correspondiente.
-
Libro de Familia de los
padres de
ambos novios, donde consten los datos del nacimiento de los contrayentes. En
caso de no poder disponer del libro también puede pedirse un certificado de
nacimiento en el Registro Civil.
Con esta documentación, se iniciará el
EXPEDIENTE MATRIMONIAL, que deberá hacerse preferentemente en la parroquia
de la novia, en el que constarán todos los datos necesarios para casarse y una
declaración de los novios conforme quieren contraer matrimonio cristiano.
Todos los futuros matrimonios deberán participar del
CURSILLO PRE-MATRIMONIAL (De
preparación al Matrimonio cristiano), podrán hacer el cursillo en esta parroquia
o en cualquier otra, trayendo el certificado que lo acredite.
La preparación de la Ceremonia, deberán hacerla con el sacerdote que les casará,
ya que el Ritual del Matrimonio propone diversas opciones que los novios deberán
elegir.
Otras cuestiones prácticas:
FLORES:
Podrán pedirlas en cualquier floristería y hacerlas traer a
MÚSICA:
La parroquia no dispone de grupo musical para bodas, pero si de equipo de
megafonía con música de boda pre-grabada. Los contrayentes podrán contratar los
servicios de cualquier grupo musical u organista.
FOTOGRAFIA Y VIDEO:
Cualquier fotógrafo (sólo uno) podrá encargarse del reportaje fotográfico (y
video). Deberá ponerse de acuerdo previamente con el párroco, para que respete
las normas mínimas que se exigen en una celebración en
DONATIVO:
La parroquia no va a solicitarles ninguna cantidad concreta por casarse, les
dará un sobre y apelará a su responsabilidad y generosidad.
INFORMACIÓN SOBRE LAS CELEBRACIONES DE MATRIMONIO
EN
CUALQUIER PARROQUIA
Para casarse, deben reservar la fecha de la boda en la parroquia donde se
celebrará el matrimonio. Para ello deben acudir al despacho parroquial de la
misma o haber hablado con el sacerdote responsable de ese templo.
Una vez concretada el día de la celebración del matrimonio, deben iniciarse los
trámites desde los seis meses antes de la fecha de la boda, no antes. Para ello
necesitarán la siguiente documentación:
-
Certificado de Bautismo
de ambos novios. Debe solicitarse en las parroquias donde fueron bautizados. En
caso de ser de fuera de la diócesis de Barcelona, deberán ser legalizadas
(autorizadas) por el obispado correspondiente.
-
Libro de Familia de los
padres de
ambos novios, donde consten los datos del nacimiento de los contrayentes. En
caso de no poder disponer del libro también puede pedirse un certificado de
nacimiento en el Registro Civil.
Con esta documentación, se iniciará el
EXPEDIENTE MATRIMONIAL, que deberá hacerse preferentemente en la parroquia
de la novia, en el que constarán todos los datos necesarios para casarse y una
declaración de los novios conforme quieren contraer matrimonio cristiano.
Si la boda es fuera de la diócesis de
Barcelona, el Expediente deberá pasar por el Arzobispado de Barcelona, para
que éste de su autorización de traslado a la diócesis en la que se celebrará el
enlace.
Todos los futuros matrimonios deberán participar del
CURSILLO PRE-MATRIMONIAL (De
preparación al Matrimonio cristiano), podrán hacer el cursillo en la parroquia
de cualquiera de los dos contrayentes, en la que se celebrará la boda o en
cualquier otra, trayendo el certificado que lo acredite.
En caso de que la boda sea en un lugar diferente a la parroquia en la que se ha
hecho el Expediente Matrimonial. La Parroquia que ha hecho el expediente cuando
éste esté totalmente completado y el cursillo prematrimonial ya realizado,
autorizará el traspaso del Expediente
a la parroquia en la que se celebrará la boda y entregará el expediente para que
sean los mismos novios los que lo lleven a la parroquia donde se casarán.