DISTRITOS UNIVERSITARIOS.
DISTRITO COMPARTIDO.
Son las plazas que se reserva cada Universidad para alumnos que no pertenecen a ella.
Las universidades están obligadas a reservar anualmente un porcentaje de plazas de todos los centros presenten límites de admisión para ser adjudicadas entre los estudiantes que las soliciten, sea cual fuere la universidad que le corresponda el inicialmente. Es lo que se denomina el Distrito Compartido.
Normalmente, en el cupo del Distrito Compartido es un 5% de entrega por para acogerse a este sistema hay que solicitar el cumplimentar un impreso especial que se facilitará en la universidad que originalmente corresponda al alumno. Se pondrán cumplimentar hasta tres impresos de prescripción si los estudios solicitados son de universidades distintas.
Junto al impreso correspondiente de Distrito Compartido se deberá presentar la solicitud ordinaria en la universidad que en principio corresponda.
La resolución de estas solicitudes corresponden a cada universidad. Estas no podrán adjudicar plaza si la calificación definitiva del estudiante es inferior a la alcanzada como mínima para obtener plaza en el mismo centro por régimen ordinario.
Distrito Único Andaluz.
Todas las universidades andaluzas se considerarán como distrito único, es decirí, cualquier estudiante andaluz podrá matricularse con preferencia en cualquier universidad andaluza con independencia que esta se encuentre o no en su provincia.
La solicitud para iniciar estudios universitarios en cualquiera de los Centros de las universidades andaluzas se realizará en el impreso normalizado en el que el alumno podrá elegir cualquiera de los centros y Titulaciones de las ofertadas por su universidad y por las otras universidades de Andalucía relacionándolas por orden de preferencia.