El Bachillerato 

 

Objetivos

Estructura

Evaluación

Ordenación

I. INTRODUCCIÓN. 

La Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo, en su capítulo 31: De la Educación Secundaria, sección segunda: del Bachillerato, artículos 25 al 29 marca las líneas generales de esta etapa educativa.

 El Bachillerato está integrado en la Educación Secundaria como etapa educativa no obligatoria, su finalidad es proporcionar a los alumnos madurez intelectual y humana, así como conocimientos y habilidades que les permitan desempeñar sus funciones sociales con responsabilidad y competencia y darles una preparación que les permita acceder a la Formación Profesional de grado superior y estudios universitarios, así como a estudios superiores de las enseñanzas artísticas. La superación del Bachillerato en cualquiera de sus modalidades capacita para el acceso a la Formación Profesional específica de grado superior y a los estudios universitarios.

 El Bachillerato constituye una etapa educativa con fines propios y perfil destacado en el marco general de la enseñanza no universitaria. El carácter genuino y singular de esta etapa procede del juego múltiple de una serie de relaciones y líneas de fuerza que actúan en ella como resultado de su peculiar situación en el mapa global del nuevo sistema educativo establecido por la L.O.G.S.E. Tiene un carácter bien definido por varias razones:

- Su carácter no obligatorio, que lo diferencia de la primera etapa de la Educación Secundaria.

- El énfasis en la función preparatoria para la Educación Técnico-profesional o universitaria, aunque sin perder de vista que el Bachillerato debe tener también un carácter terminal.

- El ofrecimiento de posibilidades más amplias de elección, en consonancia con una diversidad de intereses de los alumnos de 15 a 18 años, y también por su mayor cercanía al mundo profesional y laboral, que exige preparaciones diversas.

- La definición de la disciplina, y ya no del área, como unidad curricular, lo que implica también una mayor diferenciación de profesores claramente especializados.

 Comprenderá dos cursos académicos, con cuatro modalidades diferentes para permitir una preparación especializada de los alumnos en su incorporación a estudios posteriores o a la vida activa.

  

II.- OBJETIVOS GENERALES DEL BACHILLERATO.

 

Se enuncian los objetivos en términos de capacidades, éstos son los mismos para cualquiera de las cuatro modalidades. El artículo 26 de la L.O.G.S.E. expone las capacidades que el Bachillerato ha de contribuir a desarrollar en los alumnos. De este modo, los procesos de enseñanza-aprendizaje tendrán como objetivo, en esta etapa, contribuir a desarrollar en los alumnos, las capacidades siguientes:

a) Dominar la lengua castellana y la lengua oficial de la propia Comunidad Autónoma.

b) Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera.

c) Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él.

d) Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico.

e) Consolidar una madurez personal, social y moral que les permita actuar de forma responsable y autónoma.

f) Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.

g) Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias de la modalidad escogida.

h) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de formación y enriquecimiento cultural.

i) Utilizar la Educación Física y el deporte para favorecer el desarrollo personal.

 

Para la Comunidad Autónoma Andaluza el Decreto 126/1994, de 7 de Junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía, establece para éste los siguientes objetivos:

a) Profundizar en el conocimiento de la lengua castellana, atendiendo a las peculiaridades del habla andaluza y desarrollando la competencia lingüística necesaria para comprender y producir mensajes orales y escritos, adecuados a diferentes contextos, con propiedad, autonomía y creatividad.

b) Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera, así como comprender y comunicar mensajes orales y escritos en una segunda lengua extranjera.

c) Desarrollar hábitos de vida saludable, especialmente los que se relacionan con la práctica habitual del ejercicio físico y el deporte, comprendiendo y valorando la incidencia que tienen diversos actos y decisiones personales en la salud individual y colectiva.

d) Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él.

e) Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico utilizándolos con cierto rigor, en el estudio de los objetos de conocimiento específicos de las diferentes disciplinas y en situaciones relacionadas con la experiencia cotidiana personal o social.

f) Posibilitar una madurez personal, social y moral que permita actuar de forma responsable y autónoma valorando el esfuerzo y la superación de las dificultades.

g) Analizar los mecanismos básicos que rigen el funcionamiento del medio físico y natural, valorar las repercusiones que sobre él tienen las actividades humanas y participar de forma solidaria en el desarrollo, defensa, conservación y mejora del medio socionatural.

h) Conocer y valorar el patrimonio natural, cultural, e histórico de Andalucía y contribuir a su conservación y mejora, así como entender la diversidad lingüística y cultural como un derecho y un valor de los pueblos y de los individuos en el marco de su inserción en la diversidad de Comunidades del Estado Español y en la Comunidad de naciones.

i) Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias de la modalidad escogida, así como sus aplicaciones e incidencia en el medio físico, natural y social.

j) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de formación y enriquecimiento cultural.

k) Conocer las creencias, actitudes y valores básicos de nuestro patrimonio cultural para valorarlos críticamente y poder actuar de forma autónoma desarrollando actitudes solidarias, tolerantes y que promuevan la igualdad frente a todo tipo de discriminaciones.

 

III.- LA ESTRUCTURA DEL BACHILLERATO.

 

A.- FINALIDADES.

 

Del contenido del artículo 26 se extrae que el Bachillerato debe cubrir tres grandes finalidades:

- Una formación general, de objetivos educativos propios del Bachillerato, con valor en sí mismo y por sí mismo, hablaríamos aquí de la función terminal del Bachillerato ya que con él pueden terminar los estudios de un alumno.

- Propedeútica o preparatoria para estudios superiores, se ponen los fundamentos de estudios posteriores. El Bachillerato aparece como tramo intermedio y de enlace entre la educación obligatoria y los estudios superiores.

- Orientadora, que esta relacionada con la función propedeútica, configurando el itinerario educativo personal del alumno que se prolongará en estudios superiores.

 Las finalidades que ha de alcanzar y las funciones que debe cumplir el Bachillerato son a un tiempo formativas, propedeúticas y orientadoras. Las distintas modalidades del Bachillerato atenderán, por tanto, a la triple finalidad formativa, orientadora y preparatoria en relación con los correspondientes ámbitos del saber, la cultura y la profesionalización, que definen cada modalidad. A su vez, las distintas modalidades asegurarán una formación básica de carácter profesional y una madurez personal que facilite la transición de los alumnos a la vida activa.

 El Bachillerato se estructura en torno a los principios de unidad, diversidad y transitabilidad:

1. Principio de Unidad. El Bachillerato es único, a pesar de que existan cuatro modalidades y conduce a una única titulación.

2. Principio de diversidad. El Bachillerato es una etapa que está sujeta al principio de comprensividad de la enseñanza obligatoria, esta diversidad implica que los alumnos puedan optar por distintas direcciones, estas opciones deben estar relacionadas con las aptitudes, intereses y preferencias de cada alumno.

3. Principio de transitabilidad. Las opciones que se tomen para realizar el bachillerato han de ser reversibles. El segundo curso debe tener mayor grado de opcionalidad, las materias propias de cada una de las modalidades pueden ser elegidas como optativas desde otras y se puede cambiar de una modalidad a otra. El Bachillerato ha de abrir posibilidades y orientar a los alumnos hacia estudios posteriores y hacia la transición a la vida activa.

 

B.- ESTRUCTURA CURRICULAR.

 Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria (transitoriamente, otros requisitos académicos son: a) haber superado el primer ciclo de la Reforma de las Enseñanzas Medias, b) poseer el título de Técnico Auxiliar de FP-1, c) tener aprobado el segundo curso de B.U.P. y d) haber superado los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

 El Real Decreto 1.700/1991, de 29 de Noviembre, establece la estructura del Bachillerato a nivel del Estado Español (En Andalucía está regulado en el Decreto 126/94 de 7 de Junio y la Orden de 29 de Julio de 1994). El Bachillerato se estructura en tres bloques curriculares: materias comunes, materias propias de la modalidad y materias optativas. Las materias comunes desarrollan principalmente la función formativa del Bachillerato y refuerzan su valor terminal. Las materias propias de modalidad cubren los fines propedeúticos y orientadores. Las optativas definen itinerarios más delimitados dentro de cada modalidad y realizan una función propedeútica y orientadora.

 El área, que tiene pleno sentido en la E.S.O., desde la vertiente curricular, deja paso a la materia o disciplina, que se constituye en la unidad curricular del Bachillerato. Las disciplinas o materias se constituyen en parcelas diferenciadas del currículum escolar, con objetivos, contenidos, materiales didácticos, horarios y profesores propios.

 De acuerdo con la LOGSE, el Bachillerato se organiza en cuatro modalidades diferentes: Artes, Ciencias de la Naturaleza y la Salud, Ciencias Humanas y Sociales y Tecnología, con materias específicas de cada modalidad, las cuales, junto con las materias comunes y las materias optativas constituyen el currículum completo de cada alumno que curse esta etapa educativa. Las modalidades se organizan en relación con los grandes ámbitos del saber y con las carreras universitarias y ciclos formativos profesionales de grado superior que pueden cursarse después del Bachillerato.

 El Real Decreto 1700/1991 de 29 de Noviembre. B.O.E. de 2 de diciembre establece la siguiente estructura:

El Bachillerato se desarrolla en las modalidades de:

- Artes.

- Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

- Humanidades y Ciencias Sociales.

- Tecnología.

 Se organizan estas modalidades a su vez, en materias comunes, materias propias de cada modalidad y materias optativas.

 Las materias comunes son:

- Educación Física.

- Filosofía.

- Historia.

- Lengua Castellana y Literatura, Lengua oficial propia de la correspondiente Comunidad Autónoma.

- Lengua Extranjera.

 

Las materias comunes se cursarán en dos años o en uno solo según la decisión que adopten las Administraciones Educativas correspondientes.

 Las materias propias de cada modalidad son las siguientes:

En la modalidad de Artes:

- Dibujo Artístico I.

- Dibujo Técnico.

- Volumen.

- Dibujo Artístico II.

- Historia del Arte.

- Imagen.

- Fundamentos del diseño.

- Técnicas de Expresión Gráfica-Plástica.

Para la modalidad de Artes en Andalucía, en el curso segundo se podrá elegir entre dos opciones: 1) Artes Plásticas, 2) Artes Aplicadas y Diseño.

 

En la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud:

- Biología y Geología.

- Física y Química.

- Matemáticas I.

- Biología.

- Ciencias de la Tierra y del Medio ambiente.

- Dibujo Técnico.

- Física.

- Matemáticas II.

- Química.

En Andalucía, en el segundo curso es posible elegir para esta modalidad entre dos opciones: 1) Ciencias e Ingeniería, 2) Ciencias de la Salud.

 

En las modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:

- Economía.

- Griego.

- Historia del Mundo Contemporáneo.

- Latín I.

- Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I.

- Economía y Organización de Empresas.

- Geografía.

- Historia del Arte.

- Historia de la Filosofía.

- Latín II.

- Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II.

Para esta modalidad, en Andalucía, es posible elegir en el primer curso entre dos opciones: 1) Humanidades, 2) Ciencias Sociales. Y en segundo curso entre tres opciones: 1)Humanidades, 2) Ciencias Sociales, 3) Ciencias Sociales: Administración y Gestión.

 

En la modalidad de Tecnología:

- Física y Química.

- Matemáticas I.

- Tecnología Industrial.

- Dibujo Técnico.

- Electrotecnia.

- Física.

- Matemáticas II.

- Mecánica.

- Tecnología Industrial II.

 

Los alumnos cursarán seis materias propias de la modalidad que elijan a lo largo de dos cursos (tres materias propias de modalidad por curso de Bachillerato). Las Administraciones educativas fijarán las materias optativas del Bachillerato, para Andalucía las materias optativas están reguladas por la Orden de 31 de Julio de 1995, por la que se establece el diseño curricular de las materias optativas del Bachillerato. Los alumnos pueden elegir cursar como materias optativas, las materias propias de otra modalidad que se imparta en el Centro.

 Los alumnos podrán elegir como materias optativas aquellas que tengan esta naturaleza y las materias definidas como propias en otras modalidades diferentes a la que cursen.

 La Religión Católica será materia de oferta obligatoria para los Centros, que deberán igualmente organizar actividades de estudio orientadas por un profesor. Al comenzar el curso, los padres o tutores de los alumnos, o estos mismos si son mayores de edad, manifestarán a la dirección del centro la elección de una de las opciones citadas, sin perjuicio de que la decisión pueda modificarse en el comienzo de cada curso escolar. El currículum de esta materia corresponderá a la jerarquía eclesiástica, la evaluación se realizará de forma similar a la de otras materias, pero por el carácter voluntario de esta materia, sus calificaciones no serán tenidas en cuenta en las convocatorias que dentro del sistema educativo, realizan las administraciones públicas y en las cuales entren en concurrencia los expedientes académicos de los alumnos.

 C.- LAS MATERIAS COMUNES.

 Se han elegido por un valor instrumental para la adquisición de capacidades y un buen enlace con las áreas de la Educación Secundaria Obligatoria. Una parte de sus contenidos han de hallarse en relación con las correspondientes áreas de la E.S.O. de modo que sirvan extensión y profundización a las capacidades adquiridas en la etapa anterior.

 La configuración de itinerarios educativos en el Bachillerato con planteamientos más básicos y generales en el primer curso y más específicos y orientativos en el segundo, aconseja un peso mayor de las materias comunes en el primer curso.

 El M.E.C. propone que los alumnos cursen ocho materias (nueve en C. A. con lengua propia) en cada uno de los años de Bachillerato, siguiendo la siguiente distribución:

1º CURSO 2º CURSO

Cuatro materias comunes. Tres materias comunes.

Tres materias de modalidad. Tres materias de modalidad.

Una materia optativa. Dos materias optativas.

 

D.- LAS MATERIAS DE LAS MODALIDADES.

 

La articulación en cuatro modalidades tiene fundamento en la organización de la cultura de nuestro tiempo y en los grandes itinerarios educativos que desde la Educación Secundaria encaminan hacia estudios posteriores. Las materias propuestas atienden al ámbito y carácter de cada modalidad. En las modalidades aparece un mayor o menor grado de apertura en función de los estudios a las que dan acceso.

- La modalidad de Artes implica tres opciones correspondientes a enseñanzas de Artes Plásticas, Música y Danza. Las materias de esta modalidad deben dotar de una determinada formación artística-profesional.

- Las materias específicas de la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud deben aportar a los alumnos una formación científica básica, introduciéndolos en la metodología de las Ciencias, el conocimiento y análisis de la investigación, la forma de avanzar de la ciencia, el papel desempeñado por las distintas teorías científicas y la importancia de los modelos teóricos con representaciones interpretativas de la realidad.

 

La distribución de materias sería la siguiente:

1º CURSO 2º CURSO

Biología y Geología. Biología.

Física y Química. Ciencias Medioambientales.

Matemáticas I. Dibujo Técnico.

Física.

Matemáticas II.

Química.

 

- La modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales engloba tanto estudios filosóficos y lingüísticos como sociales e históricos, se extiende también a los económicos y empresariales. Su función formativa se relaciona con la indagación, interpretación y participación de los procesos sociales y humanos.

 

La distribución de materias sería:

1º CURSO 2º CURSO

Economía o Griego. Econom. y Organiz. de empresas.

H0 del Mundo Contemporáneo. Geografía.

Latín o Matemáticas I. Historia del Arte.

Latín II.

Matemáticas II.

 

- Las materias específicas de la modalidad de tecnología pretenden dar respuestas al mundo de los productos materiales, de los instrumentos, de los aparatos y las máquinas. prepara una formación científico-aplicada para acometer estudios técnicos-profesionales posteriores.

 La distribución de las materias sería:

1º CURSO 2º CURSO

Física y Química. Dibujo Técnico.

Matemáticas I. Electrotecnia.

Tecnología Industrial. Física.

Sistemas Automáticos. Matemáticas II.

Mecánica.

Tecnología Industrial.

Sistemas automáticos II.

 

E.- LAS MATERIAS OPTATIVAS.

 

Serán las Comunidades Autónomas con competencias educativas y el M.E.C. los que, para sus respectivos ámbitos territoriales de competencia, establezcan la denominación y contenidos de las materias optativas. Éstas contribuirán a una definición más clara de los itinerarios educativos a la diversificación y especialización de las enseñanzas del Bachillerato. El imperativo legal y requisito de incluir en el Bachillerato la Formación Profesional de Base, sobre la que se construyen los ciclos de la Formación Profesional Superior, determina la inclusión en el espacio de optatividad en todas las modalidades de unas materias que proporcionen los conocimientos y las destrezas necesarias para acceder a la Formación Profesional específica superior. Su espacio será mayor en el segundo curso que en el primero.

 Se sugieren como materias optativas posibles:

- Modalidad de Artes:

- Ampliación de Sistemas de representación técnicos y gráficos.

- Diseño Asistido por Ordenador.

- Técnicas de expresión Gráfico-Plástica.

 

- Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud:

-Tecnología Agraria.

- Biología Humana.

- Geología.

- Tecnologías de la Información de las Ciencias de la Naturaleza.

 

- Modalidad de Humanidades y ciencias Sociales:

- Procesos de Administración y Gestión.

- Literatura Universal.

- Medios informáticos en las Ciencias Sociales y Humanas.

- Psicología.

 

- Modalidad de Tecnología:

-Fabricación Mecánica.

- Tecnología Textil.

- Automoción.

- Diseño y Control por ordenador.

 

F.- LA EVALUACIÓN.

 Aspectos Generales.

La evaluación de los aprendizajes de los alumnos se realizará por materias considerando el conjunto de las materias del curso, así como la madurez académica del alumno en relación con los objetivos del bachillerato y sus posibilidades de estudios superiores. Existirá una evaluación continua y una evaluación final donde se valoren los resultados conseguidos. Para superar las materias que se imparten en los dos cursos es necesario que los alumnos aprueben la materia del primer año. Se procederá igual en las materias que tengan un carácter progresivo. Se tendrán en cuenta los objetivos de la etapa así como los criterios de evaluación fijados para cada materia en el proyecto Curricular.

 Proceso de evaluación.

La evaluación será realizada por el equipo de profesores del alumno que estará asesorado por el Departamento de Orientación. Los Consejos Escolares determinarán la forma de participar de los alumnos en el proceso de evaluación. Por cada grupo de alumnos se realizará, al menos, tres sesiones de evaluación y calificación siendo el profesor tutor el responsable de levantar acta del desarrollo de las sesiones y de elaborar un informe con las calificaciones que será remitido al alumno o al padre, madre o tutor legal.

 Las calificaciones se expresarán mediante una escala numérica de uno a diez, sin decimales considerándose el cinco y superiores como positivas. Al finalizar el período lectivo se formulará una calificación final y para aquellos alumnos que no hubieran superado todas las materias existirá una sesión extraordinaria de evaluación y calificación.

 

Promoción de alumnos.

La decisión de promoción será tomada por el equipo de profesores asesorado por el Departamento de Orientación. Se valorará la madurez académica del alumno en relación con los objetivos del Bachillerato y sus posibilidades de progreso en estudios superiores. Para poder cursar el segundo año es necesario haber recibido una calificación positiva en las materias de primero con dos excepciones. Los alumnos que no promocionen deberán cursar de nuevo todas las materias de primero. La permanencia en Bachillerato será de cuatro años como máximo.

Titulación.

Los alumnos que hayan cursado satisfactoriamente el Bachillerato recibirán el título de Bachiller, independientemente de las modalidades que hubieran cursado. La calificación global será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias que lo componen. El título de Bachiller facultará para poder acceder a la Formación Profesional de Grado Superior, estudios superiores de Enseñanzas Artísticas y a los estudios universitarios. En éste caso será necesario superar una prueba de acceso.

 

Documentos de evaluación.

Los documentos a utilizar son: el Expediente Académico, las Actas de Evaluación, el Libro de Calificaciones del Bachillerato y los Informes de Evaluación Individualizados.

 

Información a los alumnos y a las familias.

La comunicación de los resultados se hará por escrito al menos tres veces a lo largo del curso. El proceso a seguir será el mismo que para la E.S.O.

  

IV. LA ORDENACIÓN DEL BACHILLERATO.

 Los alumnos de Bachillerato han de cursar las materias comunes, seis materias de modalidad (tres en cada curso) y tres materias optativas (una en el primer curso y dos en el segundo).

 Cuando la organización docente lo permita, los alumnos podrán cursar una materia más en cada curso, elegidas entre las optativas o las de otra modalidad.

 Las materias estarán asignadas a los departamentos, cada uno de los cuales tendrá responsabilidad sobre una o varias materias.

 La movilidad dentro del bachillerato coincide en gran medida con la posibilidad del cambio de modalidad en el segundo curso. El cambio de modalidad estará facilitado entre la modalidad de Tecnología y Ciencias de la Naturaleza y de la Salud que en el primer curso tienen materias con la misma denominación y contenidos. La posibilidad de cambio de modalidad ha de ser compatible con el carácter básico de las materias específicas de cada modalidad, que de ningún modo pueden ser sustituidas por otras materias.

 A través de la Tutoría y del Departamento de Orientación, los Centros de Secundaria propiciarán que los alumnos realicen la elección de modalidad más adecuada a sus capacidades y a sus intereses en el primer curso de Bachillerato y habrán de ayudar con los medios oportunos a aquellos alumnos que en el segundo curso efectúan un cambio de modalidad.

 El Bachillerato será impartido en los centros de Educación Secundaria.

  El Bachillerato se sitúa en la nueva ordenación de sistema educativo dentro de la Educación Secundaria Postobligatoria. Es una opción educativa no obligatoria a la que podrán acceder los alumnos que hayan alcanzado el título de Graduado en Enseñanza Secundaria. Se deben tener en cuenta tres aspectos:

- La conexión con la E.S.O.

- La relación con la enseñanza universitaria y la Formación Profesional de grado superior.

- El carácter terminal de la etapa.

 El alumnado de Bachillerato procede de la E.S.O., aunque de forma transitoria están siendo incorporados muchos alumnos que repiten B.U.P., por tanto, conviene tener en cuenta la relación entre las áreas de la etapa anterior y las materias y disciplinas del Bachillerato, de manera que el paso de un nivel a otro se realice de forma adecuada y positiva para los alumnos.

 La obtención del título de Bachillerato coloca al alumnado en la posibilidad de seguir estudiando estudios universitarios o de Formación Profesional de grado superior, por tanto, es necesario que el currículum de éste nivel se establezca de forma que las funciones propedeúticas y de orientación hacia espacios más elevados del saber y del conocimiento se realicen de forma adecuada.

 Para acceder a las enseñanzas profesionales de nivel superior puede requerirse no sólo haber cursado el bachillerato sino haberlo realizado en una determinada modalidad y con materias definidas. Para acceder a la Universidad, además del título de Bachiller se requiere una prueba de acceso específica. La regulación de la prueba de acceso a la universidad, prevista en el artículo 29, apartado 2 de la L.O.G.S.E. está siendo en la actualidad sujeto de estudio y actualización.

 VI.- BIBLIOGRAFÍA.

 

- COLL, C. (1987): Psicología y currículum. Barcelona: Laia.

- CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA (1995): El Proyecto de Centro: Marco general para la planificación de los Centros Educativos. Junta de Andalucía. Sevilla.

- CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIAS (1995): Guía para la elaboración del Proyecto Curricular de Centro. Junta de Andalucía. Sevilla.

- Decreto 126/1994 por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía.

- Decretos 200/97 por el se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

- Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo.

- Orden de 31 de Julio de 1995, por la que se establece el diseño curricular de las materias optativas del Bachillerato.

- Orden de 14 de septiembre de 1994 sobre evaluación en Bachillerato en la Comunidad Autónoma Andaluza. BOJA 22-10-94.

- Real Decreto 1.700/1991 por el que se establece la Estructura del Bachillerato a nivel del Estado Español.

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