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¡
NO AL ARTICULO 52 !
CRIPTOGRAFÍA LIBRE, CRIPTOGRAFÍA SEGURA
La
Ley General de Telecomunicaciones, aprobada el 8 de abril de 1998, amenaza
a la privacidad de Internet, garantizada por la criptografía. Su artículo
52, vago e impreciso, y por eso mismo, peligroso, podría permitir la creación
de una ley que obligue al almacenamiento centralizado de claves.
El artículo 52 de esta ley dice así:
"Artículo 52. Cifrado en las redes y servicios de telecomunicaciones
Cualquier
tipo de información que se transmita por redes de telecomunicaciones,
podrá ser protegida mediante procedimientos de cifrado. Podrán establecerse
condiciones para los procedimientos de cifrado en las normas de desarrollo
de esta Ley.
El
cifrado es un instrumento de seguridad de la información. Entre sus condiciones
de uso, cuando se utilice para proteger la confidencialidad de la información,
se podrá imponer la obligación de notificar bien a un órgano de la Administración
General del Estado o a un organismo público, los algoritmos o cualquier
procedimiento de cifrado utilizado, a efectos de su control de acuerdo
con la normativa vigente. Esta obligación afectará a los fabricantes que
incorporen el cifrado en sus equipos o aparatos, a los operadores que
lo incluyan en las redes o dentro de los servicios que ofrezcan y, en
su caso, a los usuarios que lo empleen.
Los
operadores de redes o servicios de telecomunicaciones que utilicen cualquier
procedimiento de cifrado deberán facilitar a la Administración General
del Estado, sin coste alguno para ésta y a efectos de la oportuna inspección,
los aparatos descodificadores que empleen, en los términos que se establezcan
reglamentariamente."
Por
un lado, en el apartado 1 se nos garantiza el uso de la criptografía. Pero
en el apartado 2 se habla de la posibilidad de obligar a entregar a la Administración
"los algoritmos o cualquier procedimiento de cifrado utilizado". Por supuesto,
no nos importa la entrega de los algoritmos. Cualquier algoritmo criptográfico
de calidad precisamente es público. Pero la expresión "cualquier procedimiento"
es ambigua y preocupante. Esto podría llevar al desarrollo de una ley de
almacenamiento centralizado de claves, es decir, una ley que obligue a los
usuarios de criptografía a entregar sus claves a las autoridades, para que,
supuestamente sólo bajo mandato judicial, puedan ser entregadas a los cuerpos
de seguridad del Estado para vigilar las comunicaciones de un sospechoso
de delito.
Un sistema así no logra ninguna ventaja y pone en peligro la privacidad
de todos los usuarios. Cualquier sistema criptográfico que haga que la seguridad
de las claves no dependa única y exclusivamente del propio usuario de éstas
es inseguro. La presencia de claves en un archivo centralizado las expone
a robos, a que sean entregadas a delincuentes tras sobornar a los funcionarios
que las vigilen, o a que sean utilizadas sin orden judicial. Por otro lado,
no se conseguirá impedir los posibles crímenes que puedan realizar amparados
por la criptografía. Ningún delincuente registrará sus claves, al igual
que no registra sus armas, y podrá obtener sin dificultad programas criptográficos.
El resultado final es que una ley así es ineficaz y atenta contra nuestro
derecho constitucional a la privacidad de las comunicaciones. Asimismo,
el comercio electrónico tampoco podrá desarrollarse si no goza de sistemas
criptográficos seguros para proteger las transacciones realizadas online.
En definitiva, nos veremos abocados a ser un país de segunda categoría en
el desarrollo de Internet.
¡AYÚDANOS
A EVITARLO!
Algunas
cosas que puedes hacer:
Participa en nuestra campaña
contra el artículo 52. Copia el logotipo del principio de esta página, o
este otro, y colócalo en tus páginas web en un lugar visible, con un enlace
a estas páginas.
Haznos saber que estás participando en la campaña enviándonos un mensaje
a free@arnal.es
Aprende a proteger tu privacidad en Internet con la criptografía y difunde
su uso entre otros usuarios. Cuantos más seamos, más difícil será imponerse
contra nosotros.
Sigue atento a todo lo que informemos a través de esta página o de nuestra
lista free-noticias.
Para más información, puedes leer nuestro comunicado sobre el
artículo 52.
¡Hagamos
una Internet de todos y para todos!
Ultima Revisión 06 de Octubre de 1999
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